Congreso

Diputados despachan a tercer trámite al Senado proyecto sobre protección de datos personales

La iniciativa, entre otras cosas, hace aplicables sus disposiciones a los organismos que traten datos de titulares que residan en Chile, independiente de donde se realice el procesamiento de los datos.

Por: Claudia Rivas A. | Publicado: Lunes 8 de mayo de 2023 a las 20:14 hrs.
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Desde 2017 que se tramita en el Congreso una moción cuyos autores son los senadores y exsenadores Pedro Araya (Indep. PPD), Alfonso De Urresti (PS), Felipe Harboe (ahora exPPD), Alberto Espina (RN y Hernán Larraín (UDI) y cuya finalidad es establecer un nuevo esquema normativo que ajuste el tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos a los estándares exigidos por las legislaciones más modernas, para lo cual propone una serie de avances que actualizan nuestra legislación en esta materia. Entre otros la creación de una Agencia de Protección de Datos Personales.

Esta tarde de lunes, la Sala de la Cámara aprobó la propuesta en segundo trámite constitucional -que ha estado siendo tramitada con carácter de suma urgencia- y la despachó al Senado a un tercer trámite, tras lo cual una norma largamente anhelada estaría a pasos de convertirse en ley,

En un amplio y detallado catálogo, los propios autores de la iniciativa explican que ésta cambia el foco de la actual ley de protección a la vida privada poniendo en el centro a las personas; hace aplicables sus disposiciones a los organismos que traten datos de titulares que residan en Chile, independiente de donde se realice el procesamiento de los datos; mejora el catálogo de definiciones; acota las excepciones al consentimiento respecto del tratamiento con finalidades diversas; especifica el catálogo de principios y mejora el catálogo de derechos.

Cambio de enfoque

Junto con ello, la propuesta cambia el enfoque del procedimiento judicial, de manera de invertir la carga de la prueba y ordenar la aplicación de multas de manera directa por el tribunal, mismas que pretenden ser disuasivas de eventuales infracciones a la ley y contempla la presentación de acciones de clase en aquellos casos en que un número determinado de titulares de datos se vean afectados por el incumplimiento de la normativa, estableciendo también la reparación tanto material como moral, de acuerdo a elevados estándares. Adicionalmente, incorpora responsabilidades a los roles de responsable, corresponsable y encargado; señala expresamente obligaciones tan importantes como las relativas a la seguridad de los datos; establece normas claras sobre tratamiento de datos comerciales; aclara algunos aspectos relacionados con el tratamiento de datos realizados por organismos públicos e incorpora un catálogo de infracciones y sanciones.

En el Título I de Disposiciones Generales, el artículo primero establece que “la presente ley tiene por objeto asegurar a las personas naturales el derecho a proteger y controlar sus datos personales, de modo de garantizar el ejercicio de sus derechos fundamentales”.

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